POLÍTICA CIENTÍFICA NACIONAL
NATIONAL SCIENTIFIC AND
TECHNICAL POLITICS
Lic. Enrique José Ibarra
Fernández de
1 Licenciado
en Química, Master en Salud de los Trabajadores, Investigador Titular,
Profesor Auxiliar, Instituto Nacional de Salud de los Trabajadores
Correspondencia:
Lic. Enrique J.
Ibarra Fernández de
Instituto
Nacional de Salud de los Trabajadores
Calzada de
Bejucal km 7½, Apartado 9064, CP 10900, Ciudad de
E-mail: eibarra@infomed.sld.cu
RESUMEN
Se ofrece una panorámica general del Sistema de
Ciencia e Innovación Tecnológica implantado actualmente en Cuba y de sus
componentes o subsistemas específicos, como parte de una política nacional
integral que propicia y promueve el desarrollo científico técnico del país en
todas las esferas del conocimiento, en correspondencia con sus necesidades,
potenciales y posibilidades reales. Se caracterizan los elementos esenciales
del Sistema, sus objetivos fundamentales y funciones. Se destaca el Proyecto
Científico Técnico como la célula principal sobre la que se erige todo el
Sistema. Se muestran los Programas Científico Técnicos actuales, que reflejan
las necesidades fundamentales de investigación en el país, con énfasis en el
sector de la salud, así como la estrategia general para el desarrollo del
Proyecto a ciclo completo, desde la identificación del problema investigativo
propiamente, hasta la introducción y generalización de sus resultados. Se
detallan, además, los componentes imprescindibles del Sistema en el
aseguramiento de los recursos humanos especializados, materiales, financieros
e informativos para el desarrollo de la actividad científico técnica.
Palabras clave: Sistemas de ciencia e
innovación tecnológica, política científica, desarrollo científico técnico
ABSTRACT
This
paper offers a general view of the scientific and technical politics in
Key
words: Systems of science and technological
innovation, scientific and technical politics, scientific and technical
development
INTRODUCCIÓN
En el mundo actual, los cambios económicos se producen
con una rapidez extraordinaria, muy a tono con los que también se operan en
el terreno de la ciencia y la tecnología, lo que ha dado pie a que muchos países
hayan elaborado y establecido ya políticas científicas que, incluyendo el
alcance del ya tradicional Sistema de Ciencia y Tecnología,
les permitan un mayor radio de acción con nuevos componentes y la
participación de nuevos actores de la vida económica y social del país. De
aquí es que surgen los llamados Sistemas de Ciencia e Innovación
Tecnológica.
Para Cuba, su inserción en el nuevo escenario
económico internacional representa hoy un verdadero reto y un desafío, por
cuanto el país ha de realizar acciones urgentes dirigidas a modificar su
política económica anterior basada en las relaciones típicas de producción
socialista, en correspondencia con las realidades actuales que le impone el
nuevo orden económico mundial. Una nueva política debe sustentarse, entonces,
en una descentralización mayor de decisiones, el desarrollo de relaciones
económicas horizontales, una mayor autonomía y el autofinanciamiento de las
empresas.
En el nuevo escenario al que tiene que enfrentarse, el
país debe ganar su espacio propio en el mercado global con sus mecanismos y
regulaciones que le caracterizan, y esto no puede hacerse al margen de una
nueva organización, planeamiento y
financiamiento de la ciencia y la tecnología, en las que primen la
inteligencia y el equilibrio de las potencialidades y posibilidades del
Estado y del sector empresarial, y en las que se empleen eficientemente las
redes internacionales de colaboración e integración surgidas a partir del
proceso de globalización económica.
Cuba tiene, indefectiblemente, que reanimar su
economía doméstica y promover la adopción de esquemas de producción
suficientemente eficientes y competitivos, en los que el sistema empresarial
asuma una posición perennemente innovadora en un ambiente caracterizado
básicamente por la autonomía operacional y financiera de las empresas, por el
fomento de la inversión extranjera y por la introducción de otras formas de
propiedad. Todo ello es válido en cualquiera de las esferas del conocimiento
y del quehacer humanos, en particular de los de la
salud de la población, en que tanto empeño y dedicación ponen el Estado y
Gobierno cubanos en su promoción y perfeccionamiento continuo y sistemático.
EL SISTEMA DE CIENCIA E
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN CUBA
El nuevo Sistema
de Ciencia e Innovación Tecnológica (SCIT) implantado en Cuba, tiene como
objetivo fundamental contribuir a que, de forma determinante, la economía
nacional alcance, en el menor tiempo posible y con la eficiencia requerida,
el espacio que le corresponde en el mercado internacional, utilizando para
ello el despliegue de todo su potencial científico y tecnológico y
transformando el avance científico técnico en buenos productos y éxitos
comerciales. Esta transformación deberá lograrse mediante acciones que
acerquen los resultados del quehacer científico y tecnológico al mercado, de
manera que se obtengan nuevos o mejorados productos, procesos y servicios.
Para la consecución del objetivo propuesto, se deberá
promover y alcanzar una verdadera vinculación entre la ciencia, la tecnología,
la producción, el mercado, las necesidades objetivas de la sociedad y la
preservación del medio ambiente.
Como podrá entenderse, el SCIT comprende un espectro
amplio de actividades, que van desde la generación y acumulación de conocimientos
hasta la producción de bienes y servicios, incluyendo investigaciones básicas
y aplicadas, actividades de desarrollo tecnológico y de las llamadas de interfase, servicios científico
técnicos conexos, transferencia (vertical y horizontal) de tecnologías, mercadismo y técnicas gerenciales modernas.
El SCIT está integrado por subsistemas que, en sus
esferas particulares de acción, están relacionados indisolublemente en el
alcance único del Sistema. Estos subsistemas son los siguientes:
·
Subsistema de planeamiento
·
Subsistema de financiamiento
·
Subsistema de estimulación
·
Subsistema de recursos
humanos especializados
·
Subsistema de actores
sociales
·
Subsistema de aseguramiento
informativo
·
Subsistema de colaboración
internacional
Cada
subsistema lleva implícito un conjunto específico de actividades y tareas a
ejecutar, y todos están regidos por principios organizacionales generales,
dado el carácter sistémico con que es imprescindible enfrentar el proceso de
la investigación e innovación tecnológica. Estos principios fundamentales son
los siguientes:
·
El SCIT comprende a todos los
Órganos Estatales y Organismos de
·
El SCIT no constituye objeto
directo de dirección administrativa por ningún órgano en particular, dado que
sus funciones se ejercen y desarrollan por prácticamente todos los actores
sociales.
·
Las funciones reguladora y facilitadora del Sistema las desempeña el Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), que es quien traza la política
científica general del país y vincula las potencialidades de todo tipo, con
el propósito de que se concreten acciones en el campo científico y
tecnológico que propicien la competitividad necesaria tanto a nivel micro
como macroeconómico, condicionante del desarrollo económico y del bienestar
de la sociedad.
·
El ejercicio del papel del
CITMA vinculado a la ciencia y la innovación tecnológica requiere de
interacción activa con todos los organismos globales de la economía nacional,
así como con los organismos ramales y los Gobiernos territoriales, siempre en
funciones del principio regulador y facilitador, no
desde posiciones de dirección.
·
La función básica del CITMA
se sustentará en métodos novedosos, flexibles y ágiles, articulados con los
mecanismos que operen en el modelo de dirección económica del país.
·
La innovación tecnológica
como proceso específico puede estar vinculado a una empresa, territorio, rama
específica, región geográfica o al país en general, por lo que las
particularidades del sujeto receptor y su entorno juegan un papel
determinante. Todo ello implica, desde el punto de vista organizacional, que
no se utilicen soluciones iguales a problemas disímiles y que se propicie la
autonomía necesaria e imprescindible en la toma de decisiones.
La adopción consecuente del SCIT tiene como premisa
fundamental el planeamiento de la
actividad científica y de innovación tecnológica, el que, a su vez, toma como
punto de partida el proyecto de desarrollo económico y social del país y sus
exigencias de crecimiento económico y de elevación en la producción de bienes
y servicios. El planeamiento es el eslabón central del SCIT, y la elaboración
del plan (Plan de Ciencia e Innovación Tecnológica), en los diferentes
niveles, toma en consideración un conjunto amplio de actividades necesarias y
suficientes para alcanzar los objetivos que se proponen, incluidas aquellas
que aseguren el funcionamiento interno del propio SCIT.
El planeamiento de la actividad científica y de
innovación tecnológica se concibe con un enfoque temporal, en el que se
garantice una adecuada correspondencia entre las características y
particularidades del presente y los intereses del desarrollo futuro.
De acuerdo con la extensión temporal, los planes de ciencia
e innovación tecnológica se subdividen en planes
estratégicos y planes corrientes.
En los primeros se consideran las necesidades del país y las transformaciones
esperadas, materializadas en los llamados Programas Científico Técnicos.
En los segundos la prospección es a corto plazo, atendiendo a la naturaleza
de las actividades que abarca el Sistema y con una concepción modulable y deslizante de ajuste anual del plan y en la
proyección para el próximo ciclo.
El plan corriente opera con la ejecución de Proyectos
Científico Técnicos, los cuales son objeto de contratación con las
diferentes entidades.
Al plan estratégico de cada entidad le corresponde
definir los objetivos fundamentales que debe lograr con un determinado grado
de generalidad, mientras que con el plan corriente se efectúan los ajustes y
precisiones, buscando soluciones adecuadas y alternativas que permitan
garantizar el cumplimiento de los objetivos estratégicos.
Desde el punto de vista organizativo, el planeamiento
de la actividad científica y de innovación tecnológica se realiza en cuatro
niveles, que son: nacional, ramal, territorial e institucional, con una
estructura jerarquizada sobre la base de la conjugación de los intereses
globales del país con los particulares de las diferentes ramas, territorios y
entidades.
La categoría básica del planeamiento de la actividad
científica y de innovación tecnológica es el proyecto científico técnico, esté éste asociado o no a un
Programa, y que será objeto de contratación entre las unidades que ejecutan y
sus clientes o consumidores. Estos últimos pueden ser organismos del Estado,
empresas estatales y privadas, organizaciones no gubernamentales y organismos
internacionales. El contrato económico, en este caso, es un instrumento
básico en el planeamiento, por cuanto define las actividades y etapas de
ejecución, el costo del proyecto, las salidas específicas y las formas y
condiciones de pago.
En cada nivel organizativo o entidad, el plan de ciencia e innovación tecnológica se
elabora partiendo de los proyectos y de otras tareas no necesariamente
vinculadas a ellos, pero que sean de interés para dicha entidad o nivel. La
conformación de los proyectos asociados a Programas se realiza sobre la base
fundamental del ejercicio de convocatoria o, en su defecto, por encargo de
los niveles correspondientes.
Finalmente, el SCIT contempla un sistema informacional estadístico para analizar y evaluar, en
fin, controlar rigurosamente, el cumplimiento de los indicadores principales
asociados a los planes de ciencia e innovación tecnológica.
LOS PROGRAMAS CIENTÍFICO
TÉCNICOS
Los
Programas Científico Técnicos (en lo adelante Programas) son las actividades
de ciencia e innovación tecnológica decisivas en el planeamiento para
asegurar el cumplimiento de las líneas principales de desarrollo económico y
social del país. Mediante la ejecución de los Programas se logra, de la forma
más integral posible, elevar la eficiencia y nivel científico y tecnológico
en las diferentes esferas de la vida económica y social.
Los
Programas Científico Técnicos se organizan partiendo de su incidencia en el
desarrollo económico y social de la nación, y se estructuran de la forma
siguiente:
·
Programas Nacionales
·
Programas Ramales
·
Programas Territoriales
Los Programas Nacionales constituyen la prioridad
esencial del Estado en el proceso de organización y ejecución de las
actividades científicas y de innovación tecnológica, en dependencia de su
impacto en el desarrollo económico y social del país. A estos Programas se
asocian, entonces, proyectos específicos que promuevan el cumplimiento de los
objetivos establecidos para los Programas respectivos. Dichos proyectos
pueden presentarse en forma de investigaciones básicas, aplicadas y de
desarrollo e innovación tecnológica. A los Programas de corte tecnológico se
integran también proyectos relacionados con tareas de tipo social, económicas
y ambientales, vinculadas con el uso o generalización de tecnologías.
Los Programas Nacionales se conforman y estructuran
con cierta periodicidad, en dependencia de las necesidades del país en cada
etapa y de sus proyecciones de desarrollo socio económico. En el año 1996 el
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de
·
Desarrollo de la
agroindustria azucarera
·
Producción de alimentos por
métodos sostenibles
·
Biotecnología agrícola
·
Desarrollo de productos
biotecnológicos, farmacéuticos y de medicina verde
·
Vacunas humanas y
veterinarias
·
Desarrollo energético
sostenible
·
Desarrollo sostenible de la
montaña
·
Desarrollo del turismo
·
Alimento animal por vías
biotecnológicas y sostenibles
·
Sociedad cubana, retos y
perspectivas ante el siglo XXI
·
La economía cubana actual,
retos y perspectivas
·
Tendencias actuales de la
economía mundial y del sistema de relaciones internacionales
·
Los cambios globales y la
evolución del medio ambiente cubano
Estos Programas Nacionales son dirigidos, coordinados,
controlados y financiados por el CITMA, a través de
Por su parte, los Programas Científico Técnicos
Ramales se integran a partir de los aspectos priorizados para el desarrollo
de las diferentes ramas, y dan respuesta a las necesidades específicas de la
vida económica y social en las respectivas esferas. Estos Programas Ramales,
cuando su alcance o complejidad coincide con los intereses empresariales
estrictos, son dirigidos, coordinados, controlados y financiados por las
empresas correspondientes. En cambio, cuando los mismos rebasan los intereses
de la empresa o entidad, deberán ser aprobados, dirigidos, coordinados,
controlados y financiados por los Órganos Estatales y los Organismos de
En el caso particular del sector de
·
Atención materno infantil y
salud reproductiva
·
Enfermedades transmisibles
·
Enfermedades no transmisibles
·
Adulto mayor
·
Accidentes
·
Calidad de vida
·
Aptitudes físicas y mentales
de los niños (posterior a su
aprobación en 1996, este Programa fue incorporado al de Atención materno
infantil y salud reproductiva)
·
Investigación en sistemas y
servicios de salud
·
Medicina natural,
tradicional, termalismo y homeopatía
·
Medicamentos
·
Medios diagnósticos
·
Evaluación de tecnologías
sanitarias
En este nivel, las actividades científicas y de
innovación tecnológica relacionadas específicamente con la salud y seguridad
de los trabajadores, pueden asociarse, en dependencia de las temáticas
particulares, a diferentes Programas Ramales, entre ellos –los más
significativos- están el de Calidad de
vida y el de Investigación en
sistemas y servicios de salud, aunque otros también pueden dar cupo a
investigaciones importantes de la especialidad; tal es el caso, por ejemplo,
de las investigaciones relacionadas con los accidentes de trabajo en el
Programa Ramal de Accidentes.
En el caso de los Programas Científico Técnicos
Territoriales, ellos son expresión de las prioridades del proceso de
organización y ejecución de la actividad científico técnica en correspondencia con su impacto en el desarrollo económico y social
a nivel de los diferentes territorios del país. Los mismos, por tanto, son
dirigidos, coordinados, controlados y financiados por los territorios
correspondientes en la forma en que se instrumente al efecto por mediación de
las Delegaciones territoriales del CITMA.
Ahora bien, puede darse el caso de proyectos no
asociables a ninguno de los Programas aprobados a cualquiera de los niveles
establecidos. No obstante, de manifestarse claramente su interés y prioridad
para el desarrollo económico y social del país, dichos proyectos podrán ser
presentados para su aprobación y financiamiento a las instancias
correspondientes.
Cada Programa, ya sea Nacional, Ramal o Territorial,
tiene asociado al mismo un grupo de expertos, el cual está en la obligación
de evaluar y aprobar adecuadamente los proyectos que se presenten al Programa
respectivo, incluyendo su idoneidad en cuanto a las temáticas específicas y a
la asociación de sus objetivos particulares con los generales del Programa.
El grupo de experto también analizará y controlará sistemáticamente el
cumplimiento de cada una de las etapas que conforman el cronograma de
ejecución de los proyectos.
EL PROYECTO CIENTÍFICO
TÉCNICO
En la actividad científica y de innovación
tecnológica, el Proyecto Científico
Técnico (en lo adelante Proyecto) es un conjunto coherente de actividades
interrelacionadas, que se expresan por un objetivo alcanzable de forma
autónoma. El mismo cuenta con un plan de acciones para lograr el objetivo,
con salidas y beneficios específicos que se expresen en un impacto
identificable en el plano científico, económico, social y(o) ambiental, con
un marco temporal limitado para su ejecución y con un presupuesto de gastos,
que sirva de base para su evaluación, aprobación y contratación. De forma
sintética, el Proyecto también puede verse como el conjunto integrado de
actividades orientadas a alcanzar objetivos y metas específicas, con un
presupuesto definido, personal y entidades responsables y un plazo
determinado.
Los Proyectos pueden ser de tipos muy variados y que
incluyen los siguientes:
·
De investigación básica
·
De investigación aplicada
·
De desarrollo tecnológico
·
De actividades de interfase
·
De servicios científico
técnicos
·
De innovación tecnológica
El proyecto es la célula fundamental sobre la que se
erige y sustenta todo el SCIT, y está indisolublemente vinculado con todos y cada
uno de sus Subsistemas. Una representación esquemática de esta intervinculación se representa en la figura 1.
Figura 1
Interrelación entre los diferentes subsistemas del
Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica
En la investigación y desarrollo e innovación
tecnológica, el proyecto se concibe y elabora como un todo único sobre la
base del denominado a ciclo completo,
es decir, que se planifica desde la preparación y ejecución de la actividad
propiamente hasta la introducción y generalización de sus resultados,
incluyendo, en muchos casos, la comercialización cuando se trata de nuevos
productos o servicios. El diseño y desarrollo del proyecto a ciclo completo
puede representarse esquemáticamente de la forma descrita en la figura 2.
Figura 2
Desarrollo del proyecto científico técnico 'a ciclo completo'
El proyecto científico técnico, en tanto objeto de aprobación
y contratación, se confecciona aportando por los investigadores todos los
elementos necesarios y suficientes como para que aquellas personas y(o)
instituciones que, en definitivas, son las que aprobarán y financiarán o no
el proyecto, puedan hacerlo con conocimiento pleno de causas. Por estas
razones, los proyectos deben estar constituidos, al menos, por los
componentes principales siguientes:
1.
Título del proyecto, clasificación, equipo de investigación (incluyendo
el investigador principal y los colaboradores) e institución(es)
participante(s).
2.
Programa Nacional o Ramal al que se propone insertar.
3.
Objetivos y resultados a alcanzar.
4.
Aval del Consejo Científico que presenta el proyecto.
5.
Evaluación del impacto esperado de los resultados y su sostenibilidad.
6.
Posibilidades de desarrollo simultáneo de capacidades científico
técnicas.
7.
Alternativas de no ejecutarse el proyecto.
8.
Antecedentes y estado actual de la temática.
9.
Estudio de mercado y posibles clientes y(o) usuarios.
10.
Planeamiento del desarrollo del proyecto a ciclo completo:
·
Tareas a ejecutar.
·
Metodología, tecnologías y
métodos a emplear.
·
Cronograma de ejecución por
etapas.
·
Participación, intervención y
responsabilidad de cada institución e integrante del equipo de investigación.
·
Resultados a alcanzar en cada
etapa y beneficios esperados.
11.
Cliente(s) identificado(s) como productor(es) o usuario(s) (incluye la
acreditación de conformidad del(los) cliente(s) con el proyecto y con la
introducción de los resultados).
12.
Recursos materiales y financieros requeridos por cada etapa.
13.
Recursos financieros para la introducción de los resultados.
14.
Análisis económico y financiero del proyecto.
Todo proyecto debe ser sometido a una evaluación rigurosa
de su factibilidad antes de ser aprobado o no y puesto en ejecución. Los
expertos o grupos de expertos encargados de esta tarea tienen, en
consecuencia, una alta responsabilidad en sus manos al enfrentarse con un
nuevo proyecto propuesto. Para la evaluación y aprobación de los proyectos,
en el SCIT se ha dispuesto de una metodología uniforme basada en toda una
serie de criterios evaluativos, que son los que se enumeran a continuación:
·
Adecuación a los objetivos y prioridades del Programa en que se
inserta.
·
Impacto científico de los resultados esperados
·
Originalidad científico técnica y calidad del diseño del proyecto.
·
Planificación.
·
Idoneidad científica profesional y gerencial del investigador
principal.
·
Solvencia científica y profesional del equipo investigador.
·
Instituciones participantes y calidad de su infraestructura y
servicios.
·
Nivel de información respecto a los trabajos en curso y avances
recientes realizados en el área temática.
·
Satisfacción de los requerimientos de los clientes o usuarios.
·
Ventaja del (los) producto(s), proceso(s) o servicio(s) que se
desarrolle(n) con el resultado.
·
Atractividad del mercado al que se puede
acceder
·
Nivel de competencia existente.
·
Requerimiento para la introducción del resultado.
·
Recursos materiales disponibles y no disponibles solicitados.
·
Estructura y volumen del presupuesto solicitado para el desarrollo del
proyecto.
·
Estructura y volumen del presupuesto solicitado para la introducción
del resultado.
·
Impacto económico, social y(o) ambiental del resultado.
·
Impacto en el territorio donde se introduce el resultado.
Según la metodología establecida, las calificaciones
que pueden otorgase a los proyectos evaluados por los grupos de expertos de Programas
son de E (excelente), B (bueno), A (aceptable), C (cuestionable) y M (malo).
No obstante, la calificación final del proyecto sólo puede ser de Aceptable
(financiable) o de No aceptable (no financiable). De ocurrir este último
caso, el proyecto se devuelve al investigador principal del mismo,
consignándosele las razones por la cual no fue aceptado. Estas razones, entre
otras, pueden ser las siguientes:
·
Falta de idoneidad del
investigador principal.
·
Falta de solvencia científica
del grupo investigador.
·
Inexactitud manifiesta en los
datos presentados
·
Objetivos excesivos o
incongruentes.
·
Insuficiencia notable en la
elaboración del proyecto.
·
Imposibilidad de alcanzar
resultados de cierta significación.
·
Presupuesto desmesurado.
·
Otras causas.
Por otra parte, los proyectos asociables o no a
Programas se presentan sólo en el momento en que se realiza el ejercicio de
Convocatoria Pública, según establece
EL RESULTADO CIENTÍFICO
TÉCNICO
Se entiende por Resultado
Científico Técnico todo producto nuevo o mejorado (tangible o
intangible), proceso o servicio, resultante del quehacer científico técnico,
cuya(s) salida(s) y beneficio(s) se expresan mediante un impacto
identificable en el plano científico, económico, social y(o) ambiental.
Los resultados científico técnicos principales que se
esperan obtener se planifican en el propio proyecto, así como sus salidas
específicas y la forma o formas en que serán introducidos en la práctica
social y generalizados. También de los resultados es generalmente predecible
y planificable su registro y protección adecuada.
PROTECCIÓN DE LOS RESULTADOS
CIENTÍFICO TÉCNICOS
En el mundo contemporáneo, es práctica habitual el
registro y la protección de determinados resultados del quehacer humano en
general (incluyendo el científico técnico) en muchas de las esferas y
actividades de la sociedad. Aunque no todos, una cantidad considerable de
tales resultados, sobre todo en el campo de la ciencia, la tecnología y la cultura,
son susceptibles de ser registrados y protegidos adecuadamente para evitar
duplicidades y una competencia desleal.
Hoy por hoy, el concepto de Propiedad Intelectual involucra
dos categorías o vertientes fundamentales, que son el Derecho de Autor y
El Derecho de
Autor, por su parte, comprende los derechos que corresponden, por ley, al
autor de una creación desde el momento en que toma una forma en cualquier
tipo de soporte tangible (papel, en el caso de una obra literaria o musical;
soporte magnético, en el caso de una grabación informática y similares) o
intangible (por ejemplo, ondas hercianas, para las obras de televisión). La
idea para un cuento, receta culinaria que se transmite de generación en
generación, una canción que se silba por la calle, por ejemplo, no son obras
protegidas por la ley, pero una vez que son escritas, grabadas o
representadas en público, las leyes reguladoras del Copyright, los diseños o las patentes reclaman la protección de los derechos de sus autores como titulares de
la propiedad intelectual.
El sistema de Copyright descansa en este principio de
la propiedad intelectual, al proveer un mecanismo de compra y venta de
derechos, cesiones, etcétera, y el control de su uso dentro y fuera del país.
En el artículo 9 del Convenio de Berna se establece
que "los autores de obras
literarias y artísticas protegidas por el presente Convenio gozarán del
derecho exclusivo de autorizar la reproducción de sus obras por cualquier
procedimiento y bajo cualquier forma".
Las invenciones científicas o los diseños comerciales
están protegidos también en el sistema de Copyright. Aunque no se protege el
Copyright del título de un libro, los propietarios de marcas, invenciones o
lemas comerciales pueden registrarlos por medio del sistema de protección de
la marca registrada, a fin de que
no se produzcan confusiones entre términos parecidos.
La mayor parte de las formas de protección de la
propiedad intelectual conceden un tiempo a lo largo del cual los titulares
pueden ejercitar sus derechos.
Por regla general, es el tiempo de la vida del autor y
una serie de años más, que ha oscilado en la historia desde 50 hasta 80.
Los mayores problemas actuales que presenta el sistema
del derecho de autor son los que hacen referencia a la protección de las
publicaciones electrónicas (copias de cintas de música y de vídeo, programas
computadorizados, etcétera), así como las fotocopias de una obra escrita. El
control de las copias presenta enormes dificultades, y no siempre la cuestión
es enfrentarse a copias privadas, sino a la de un mercado de gran magnitud de
copias ilegales o piratas. Lo mismo puede decirse de los softwares, que pueden ser copiados en un tiempo muy breve. A todo ello hay
que añadir los problemas derivados de la puesta en práctica del sistema
Internet. El uso lícito de las copias en el mundo académico, por ejemplo, no
puede justificar un estado de cosas en que al autor no le compense llevar a
cabo un trabajo creador si su producto puede ser reproducido con facilidad y
sin que ello le suponga remuneración alguna.
Existen algunas excepciones al carácter universal que
rige los convenios del Copyright: en determinados países, por ejemplo, la
propiedad intelectual no pertenece al creador de la obra original, sino a la
entidad a que pertenece o al Estado.
En el derecho de autor se distingue un aspecto moral y
otro patrimonial. Dentro de los derechos
morales del autor se encuentra el de decidir si la obra ha de ser
divulgada y en qué forma, el de determinar si la divulgación se hará con su
nombre o bajo seudónimo o signo, o incluso con carácter anónimo, el derecho a
exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra, el de exigir el
respeto a la integridad de la misma e impedir cualquier deformación,
modificación o atentado contra ella, o el de retirar la obra de los circuitos
comerciales si se produce un cambio en sus convicciones intelectuales o
morales, y así lo desea, previa indemnización a los titulares de los derechos
de explotación. En cuanto a los derechos de explotación, estos son los
siguientes: derecho de reproducción, de distribución, de comunicación
pública, de transformación y de cesión.
En cuanto a
Por otra parte, el interés general exige que las
concesiones exclusivas de propiedad industrial no sean perpetuas, y ello
determina que las leyes concedan a los derechos citados un tiempo de duración
distinto según las distintas modalidades que discriminen esta propiedad
especial y temporal. Transcurrido el tiempo de existencia legal, caducan los
derechos. La caducidad puede resultar por efecto de otros motivos, como la falta
de pago de las anualidades o cuotas correspondientes, el no uso por el plazo
que la ley determine en cada caso, y la voluntad, por ende, de los
interesados. Las modalidades de propiedad industrial son las siguientes:
derechos que recaen sobre las creaciones industriales, como patentes, modelos
de utilidad, y modelos y dibujos industriales y artísticos. Mediante las
citadas creaciones enriquece el actuar humano, para convertirlo en más fácil,
eficaz o rápido —patentes y modelos de utilidad— o se solucionan problemas de
diseño, como en el caso de los dibujos industriales y artísticos.
Por último, existen los derechos que recaen sobre los
signos distintivos de la mercancía, del origen del producto o del vendedor,
que no representan creación industrial alguna y son simples medios de
identificación frente al público adquirente, como la marca de un producto o
servicio, un nombre comercial o el rótulo de un establecimiento.
Próximo al campo de la propiedad intelectual se
encuentra el conflicto que plantea la competencia desleal, que defiende
bienes inmateriales, aunque no afecte a su régimen jurídico.
La propiedad industrial, que se centra en el ámbito de
la industria, ha de distinguirse de la propiedad intelectual concebida como
derecho de autor, que tiene por objeto las creaciones literarias y
artísticas, las cuales corresponden a su autor por el mismo hecho de haberlas
creado, sin que se requiera, para ello formalidad alguna.
En materia de propiedad industrial en el orden
internacional, fue fundamental el Convenio de
En Cuba,
Tabla
Convenios internacionales sobre Propiedad Industrial
de que participa Cuba
Convenio
|
Fecha de ingreso
|
|
|
Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial (19886)
|
17 de
noviembre de 1904
|
Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones
de procedencia falsas o engañosas en los productos (1891)
|
1º de enero
de 1905
|
Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional
de Marcas (1891)
|
6 de
diciembre de 1989
|
Arreglo de Niza relativo a la Clasificación
Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (1957)
|
26 de
diciembre de 1996
|
Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las
Denominaciones de Origen y su Registro Internacional (1958)
|
25 de
septiembre de1966
|
Ratificación del Acta de Estocolmo (1967)
|
8 de abril
de 1975
|
Ratificación del Acta Adicional de Estocolmo (1967)
|
7 de
octubre de 1980
|
Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
(1970)
|
16 de julio
de 1996
|
Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación
Internacional de Patentes (1971)
|
9 de
noviembre de 1996
|
Acuerdo de Viena por el que se establece la
Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas
(1973)
|
18 de abril
de 1997
|
Tratado de Budapest sobre el reconocimiento
internacional del depósito de microorganismos a los fines del procedimiento
en materia de patentes (1977)
|
29 de
febrero de 1994
|
Tratado de Nairobi sobre la protección del Símbolo
Olímpico (1981)
|
21 de octubre
de 1984
|
Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo
al Registro Internacional de Marcas (1989)
|
26 de
diciembre de 1995
|
Convenio que establece la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI)
|
27 de marzo
de 1975
|
|
|
Toda la actividad de
Las diferentes modalidades de la propiedad industrial
son las siguientes:
·
Invenciones: ideas nuevas que permiten en la práctica la solución de un problema
determinado en la esfera tecnológica
·
Descubrimientos científicos
·
Dibujos y modelos industriales: aspectos ornamentales, meramente estéticos, de un artículo
utilitario
·
Marcas:
Signos que distinguen los productos o servicios de una empresa industrial o
comercial o de un grupo de empresas de los de otras
·
Nombres comerciales
·
Rótulos de establecimiento
·
Lemas comerciales
·
Denominaciones de origen
·
Indicaciones de procedencia
Hoy por hoy, es indiscutible la importancia que
reviste para los investigadores y demás profesionales, técnicos y
especialistas en cualquier parte del mundo, y en particular en Cuba, la
actividad de registro y protección de la propiedad industrial.
Las duplicidades, ilegales o simplemente ingenuas,
provocan serios daños al patrimonio científico y tecnológico, tanto
individual como colectivo. En Cuba sobre todo, en que el modelo socio
económico y político actual prevé el disfrute pleno de derecho de toda la
ciudadanía sobre la aplicación social consecuente de los resultados positivos
y logros del quehacer humano, en particular del científico técnico, el
personal dedicado a la investigación y el desarrollo tecnológico debe estar especialmente
preparado para afrontar la bastante intrincada madeja que presenta en la
práctica la actividad de registro y protección de la propiedad industrial, a
fin de proteger adecuadamente los resultados relevantes de la actividad
científica y tecnológica que se realiza en las instituciones y empresas del
país. Cada organismo, entidad o individuo debe ser guardián celoso de la
propiedad industrial, tanto propia como ajena.
En el sentido del registro y protección de la
propiedad industrial, el país ha tomado las medidas necesarias e
imprescindibles para evitar su mal o insuficiente uso. En el caso del
Ministerio de Salud Pública, el mismo estableció su propia política y
organización de la actividad, cuyas características fundamentales son las
siguientes:
·
Nombramiento de un
representante permanente del organismo ante
·
Nombramiento de un
representante o gestor de la propiedad industrial ante
·
Organización de la
capacitación y superación sistemática en materia de propiedad industrial para
los gestores designados.
·
Participación activa y
consecuente de los gestores en las actividades de los Consejos Científicos.
·
Establecimiento de un
programa amplio de divulgación y promoción de la actividad.
INTRODUCCIÓN Y GENERALIZACIÓN
DE LOS RESULTADOS CIENTÍFICO TÉCNICOS
La introducción y la generalización de los resultados
científico técnicos son el fin mismo de la actividad de ciencia e innovación
tecnológica; de ahí la importancia que reviste, por un lado, la planificación
adecuada de las salidas esperadas en el proyecto y la aceptación del cliente
o usuario de los resultados, y por otro, la propia introducción y
generalización de los mismos en su máxima expresión posible. Es a veces
necesario recordar que la labor científico técnica es una actividad humana de
las más costosas y complejas, no sólo desde el punto de vista material y
financiero, sino también desde el punto de vista de los recursos humanos
especializados, y que tales resultados palpables, luego de obtenidos, no
deben simplemente engavetarse, o
tan siquiera aplicarse en un marco estrecho o limitado. En este sentido, y
mediante la aplicación consecuente de la metodología establecida en el SCIT,
todo proyecto, después de aprobado y contratado, debe ser ejecutado hasta sus
máximas consecuencias, esto es, hasta que sus resultados hayan sido
suficientemente aplicados y generalizados en la práctica social.
No obstante lo señalado anteriormente, la
generalización de resultados tiene sus especificidades. En el plano
particular del sector de
·
Tecnologías de protección,
prevención y promoción de salud.
·
Tecnologías asistenciales:
medicamentos y otros productos, equipos y dispositivos médicos,
procedimientos clínicos para el manejo de pacientes, etcétera.
·
Tecnologías de apoyo:
organización, información, infraestructura y equipos tecnológicos.
·
Tecnologías docentes:
literatura y materiales didácticos.
Los resultados científico
técnicos se generalizan una vez que han pasado la fase de investigación e
implementación y se tengan definidos los parámetros fundamentales siguientes:
·
Ámbito de aplicación
·
Costo que supone su extensión
·
Condiciones de difusión
·
Mecanismo de seguimiento a
mediano y largo plazos
Cada entidad o instancia debe tener identificadas y
controladas adecuadamente todas y cada una de las soluciones obtenidas a
problemas concretos, que emanan no sólo de los resultados que aportan los
proyectos científico técnicos, sino también de otras fuentes tales como los
trabajos presentados a propósito de convocatorias especiales como las de los
Premios Anuales del Ministerio de Salud Pública,
Sin embargo, hoy en día el mayor y más importante
evento científico técnico del país, en que se aglutinan y presentan
soluciones prácticas de todo tipo a problemas concretos en las diversas
esferas de la actividad de la sociedad cubana, es el llamado Forum de Ciencia
y Técnica. Alrededor de él se desarrolla todo un movimiento (Movimiento
Nacional del Forum) que deviene en fuerza integradora y cohesionada, de
carácter masivo, que aporta soluciones técnicas y científicas con el objetivo
principal de elevar la eficiencia y calidad de la producción y los servicios,
y propiciar el ahorro de recursos y energía, la recuperación de equipos, la
incorporación de tecnologías novedosas, la sustitución de importaciones, la
búsqueda de soluciones a pequeños, medianos y grandes problemas y la
generalización de esas soluciones. El Movimiento del Forum incluye las
actividades fundamentales siguientes:
·
Llamamiento general del Forum
·
Elaboración de los bancos de problemas
·
Concertación de compromisos
para el Forum
·
Realización de los eventos
correspondientes en las diferentes entidades de base
·
Realización de los eventos
correspondientes en los niveles municipal, provincial y nacional
·
Concertación de planes de
generalización de resultados
·
Encuentros de Generalización
y realización de los Forum Tecnológicos Ramales
Los principios básicos en que se fundamenta el
Movimiento del Forum son:
·
Territorialidad y papel
conductor del Gobierno y de
·
Masividad
·
Integración
·
Cooperación
·
Movimiento ascendente
·
Organización
Específicamente en el sector de
EL SISTEMA DE CATEGORÍAS
CIENTÍFICAS
Como ha sido mencionado y explicado con anterioridad,
en Cuba existe una política única y coherente relacionada con toda la
actividad científico técnica que se realiza en el país.
Ahora bien, con el fin expreso de organizar y estructurar dicha actividad,
así como de promoverla, estimularla y potenciarla, se han creado las hoy
llamadas Unidades de Ciencia e Innovación Tecnológica (UCIT) (hasta
hace poco tiempo Unidades de Ciencia y
Técnica, UCT), contextualizadas según lo establecido en el Sistema
de Categorías Científicas.
Se consideran Unidades
de Ciencia e Innovación Tecnológica aquellas entidades que, con
personalidad jurídica propia, su misión fundamental es la investigación
científica, el desarrollo tecnológico, la prestación de servicios científico
tecnológicos de alto nivel de especialización o una combinación de estos
aspectos, para contribuir a la satisfacción de las necesidades materiales y
espirituales de la sociedad y la economía. En un proyecto de Resolución del
CITMA pronto a ser aprobado, las UCIT se dividen en dos grandes grupos: los Centros de Investigación y los Centros de Servicios Científico
Tecnológicos.
Los Centros de
Investigación son aquellas UCIT que en su misión tienen un peso
fundamental la investigación científica y(o) el desarrollo tecnológico,
aunque puedan realizar otras actividades tales como la prestación de
servicios científico técnicos, la docencia de posgrado,
la comercialización de sus productos o servicios, etcétera. En cambio, en los Centros de Servicios Científico
Tecnológicos la actividad fundamental es la prestación de servicios de
alto contenido científico tecnológico que tengan un elevado impacto económico
y(o) social, y cuyas características no recomienden que se traten en esquemas
empresariales.
El alto grado de especialización y excelencia de los
servicios que prestan estas entidades implica, generalmente, que en ellas se
realicen también actividades de investigación y desarrollo. Tanto en los
primeros centros como en los segundos, la divulgación científica ocupa un
lugar destacado dentro de las actividades de estas entidades.
En el Sistema de Categorías Científicas se establecen
los principios generales y las normas que rigen el proceso y desarrollo de la
categorización, tanto del personal profesional dedicado a la actividad
científico investigativa, como de las propias instituciones y entidades
consideradas como UCIT. La metodología que rige el Sistema regula el proceso
de selección y captación de personal para su ingreso en las UCIT, las
categorías científicas para los investigadores (incluyendo los requisitos a
exigir para su otorgamiento y las funciones inherentes a los cargos de
investigador), la composición y funcionamiento de las Comisiones y Tribunales
de Categorización Científica, el ingreso de los investigadores al empleo, su
permanencia y promoción, el ejercicio de oposición, la evaluación del
desempeño de los investigadores, la plantilla y utilización de los cargos de
investigadores en las UCIT y la categorización propia de las UCIT.
La vía principal de renovación gradual y continua de
los profesionales en las UCIT la constituye la de los recién graduados de los
Centros de Educación Superior (CES) del país. El proceso de su selección y
captación lo realiza
Para el personal profesional dedicado a la
investigación, existen tres categorías científicas básicas y tres
honoríficas, que son las siguientes:
·
Categorías básicas
·
Investigador Titular
·
Investigador Auxiliar
·
Investigador Asistente
·
Categorías honoríficas
·
Investigador de Mérito
·
Investigador Colaborador
·
Investigador Adjunto
La obtención de una categoría científica básica está
determinada exclusivamente por el cumplimiento de los requisitos de capacidad
y profesionalidad que se exigen para dicha categoría y por la demostración
del desempeño y resultados ante el tribunal correspondiente a la entidad
donde labora, colabora o pretende hacerlo.
De cada categoría básica, el Reglamento del Sistema
establece los requerimientos específicos para su obtención y las funciones
para su desempeño.
Las categorías científicas honoríficas de Investigador
de Mérito y de Investigador Colaborador se confieren, excepcionalmente por la
máxima dirección del CITMA, a investigadores nacionales y extranjeros que se
hayan distinguido por su dedicación ejemplar a la actividad científico técnica y por su colaboración al desarrollo de
la misma, respectivamente. La categoría de Investigador Adjunto se otorga,
como reconocimiento, a aquellos profesionales con una trayectoria mantenida
en la actividad científica y de innovación tecnológica y con resultados
introducidos en la práctica social y que hayan repercutido en el desarrollo
científico, económico, político o social.
La categoría básica de Investigador Titular la otorga
La evaluación del desempeño de los investigadores se
realiza anualmente, y de sus resultados se determinan las acciones
subsecuentes de superación, reconocimiento, estimulación, promoción a
categorías ocupacionales superiores u otras, incluso la de terminación de la
relación laboral con
En relación con los cargos de investigación en las
plantillas de las UCIT, los mismos se establecen en correspondencia con las
tareas científicas y de innovación tecnológica que deben acometer los
investigadores en sus proyecciones de trabajo y objetos sociales. En el nuevo
proyecto de Resolución del CITMA, estos cargos se denominarían: Investigador
I, Investigador II e Investigador III, y para ocupar cualquiera de ellos es
requisito ostentar alguna de las categorías científicas básicas. No obstante,
el proceso de categorización es independiente de la disponibilidad de plazas
en
En cuanto al proceso de categorización de las UCIT, el
mismo se encuentra, hoy por hoy, aún en fase de proyecto presentado por el
CITMA. Teniendo en consideración el objeto social de las UCIT y un grupo de
indicadores, establecidos previamente por el CITMA y el MTSS, relacionados
con la estrategia de ciencia e innovación tecnológica, las prioridades
nacionales, el impacto económico y la complejidad científica y tecnológica, las
UCIT habrán de clasificarse, según su índice de mérito, en tres categorías:
primera, segunda y tercera. El índice de mérito de la entidad se establece
mediante la cuantificación de un conjunto de 15 indicadores específicos. Este
proceso de categorización de las UCIT tiene como propósito fundamental
incentivar y potenciar la iniciativa colectiva, además de individual, de las
entidades dedicadas a la actividad científica y de innovación tecnológica.
LOS CONSEJOS
CIENTÍFICOS
En Cuba, el Consejo Científico es un
órgano asesor colectivo que se crea en cada unidad o instancia, con el
objetivo de estudiar y elaborar recomendaciones relacionadas con el
desarrollo de la actividad científico técnica de la misma, teniendo en cuenta
los intereses del desarrollo económico, político y social y las directivas y
normas trazadas por las instituciones estatales competentes.
El Consejo Científico, como órgano
científico colectivo, tiene a su cargo propiciar y estimular, en forma
sistemática, la discusión profunda de aquellas actividades científico
técnicas y otras cuestiones de interés para el desarrollo de la ciencia y la
técnica a esa instancia.
Los Consejos Científicos tienen funciones
múltiples, entre las que se destacan las siguientes:
·
Asesorar a
·
Analizar las
proposiciones y emitir las recomendaciones correspondientes dirigidas a la
elaboración de los Planes de Ciencia e Innovación Tecnológica, incluyendo la
formulación de objetivos y la estructuración de los planes.
·
Analizar y evaluar
los resultados del trabajo científico técnico de la unidad o instancia y su
introducción y generalización, proponiendo las recomendaciones pertinentes a
·
Analizar y emitir
recomendaciones sobre el desarrollo de tesis de grado científico, maestrías,
etcétera, vinculadas a los planes de investigación que se realizan en la
unidad o instancia.
·
Conocer, evaluar
y emitir recomendaciones, de forma sistemática, sobre el desarrollo de los
procesos de obtención de grado científico y de categorías científicas y
docentes por parte de los especialistas de la unidad o instancia.
·
Valorar y emitir
recomendaciones sobre la calidad y rigor científico de los informes y
ponencias que se proponen para su publicación o presentación en eventos nacionales
e internacionales.
·
Asesorar a
·
Cooperar en la
proyección y desarrollo de la actividad institucional de información
científico técnica.
·
Analizar y
proponer la participación o promoción institucional de actividades y eventos científico técnicos.
·
Proponer al nivel
que corresponda el otorgamiento de condecoraciones y distinciones científico
técnicas a personas e instituciones relacionadas con la actividad que
desarrolla la unidad y que se hayan destacado por sus aportes en la misma.
·
Asesorar a
·
Participar activa
y sistemáticamente en los procesos de evaluación del trabajo realizado por
los investigadores y otros técnicos de nivel superior, emitiendo criterios
sobre la calidad y cantidad de los resultados, rigor científico, etcétera.
·
Cooperar con
El Consejo Científico se estructura sobre
la base de un Presidente (el Director de la unidad o instancia), un
Vicepresidente (el Vicedirector a cargo de la
actividad científico técnica), un Secretario y un número determinado de
miembros internos y(o) externos. Los tres primeros conforman el Ejecutivo del
Consejo, y el Pleno lo integran todos los miembros. El Presidente y el
Vicepresidente son miembros de oficio del Consejo, mientras que los restantes
miembros, incluyendo al Secretario, se eligen mediante voto directo y secreto
de entre los Investigadores Titulares y Auxiliares de la institución o
instancia; su número (tres como mínimo) no sobrepasará el 60 % del total de
Investigadores Titulares y Auxiliares. El Secretario, a propuesta del
Presidente, se elige por mayoría simple en votación directa de entre los
miembros electos del Consejo. Los miembros externos, por su parte, son
propuestos y aprobados por los miembros del Consejo de entre los
especialistas, funcionarios y personalidades científicas que se desempeñan en
la actividad propia de la unidad o instancia, pertenezcan o no a la misma, y
su número no excederá del 30 % del número total de miembros electos. Tanto
los miembros electos como los externos tienen voz y voto.
A las reuniones del Consejo Científico son
invitados permanentes los representantes de las organizaciones políticas y de
masas de la unidad o instancia. También el Presidente puede invitar a
participar en las reuniones, de forma permanente o temporal, a otros vicedirectores, jefes de departamentos, jefes de grupos
de trabajo y especialistas de la unidad u otro centro. Todos los invitados
tendrán voz, pero no voto en los asuntos del Consejo.
Los Consejos Científicos efectúan sesiones
ordinarias (al menos una en el trimestre) y extraordinarias (las que se consideren
necesarias), y designan Comisiones permanentes o temporales, que son
presididas por miembros efectivos e integradas por otros, miembros o no, del
Consejo. Las recomendaciones emitidas por las Comisiones se someten a la
consideración del Pleno.
El Consejo Científico desarrolla su vida
interna en el marco de una disciplina establecida mediante reglamento de los
deberes y derechos, tanto del Presidente como del Vicepresidente, Secretario,
otros miembros efectivos del Consejo y de los miembros de las Comisiones
creadas al efecto.
EL SISTEMA
NACIONAL DE GRADOS CIENTÍFICOS
En Cuba, el proceso de obtención de grados
científicos para profesionales universitarios dedicados a la actividad científico técnica, está estrictamente regulado y
controlado nacionalmente mediante el Decreto Ley Nº 133/92 del Consejo de
Ministros y diversas resoluciones. El Sistema Nacional de Grados Científicos (SNGC)
tiene como objetivo fundamental el de formar y desarrollar, a partir de los
graduados universitarios, los cuadros científicos al más alto nivel del
desarrollo de cada rama de actividad, de acuerdo con las necesidades
presentes y futuras del país.
Las dos categorías o niveles aprobados en
el otorgamiento de los grados científicos son los siguientes:
·
Doctor en
Ciencias de determinada especialidad (DrC)
·
Doctor en
Ciencias (DrCs)
Estos niveles o categorías son
independientes entre sí, estando la única diferencia en que sólo se otorga el grado científico
de Doctor en Ciencias a quienes posean ya el de Doctor en Ciencias de
determinada especialidad.
El grado científico de Doctor en Ciencias de determinada
especialidad se otorga a graduados del nivel universitario que
contribuyan significativamente al desarrollo de su especialidad y satisfagan
a plenitud los requisitos y las evaluaciones correspondientes a los programas
que se establezcan al respecto.
Por otro lado, el grado de Doctor en Ciencias se otorga a los
doctores en ciencias de determinada especialidad que hayan realizado un
trabajo de alto nivel de especialización en el campo del conocimiento al que
se dediquen, con la defensa, ante un tribunal competente, de una tesis que
contenga la solución y generalización de un problema de carácter científico
que constituya un aporte a la rama del conocimiento de que se trate.
El proceso de obtención de grados
científicos se realiza expresamente con el objeto de promover y estimular la
superación individual de los graduados universitarios en la actividad científico técnica. Éste es un proceso muy riguroso en el
que el aspirante debe cumplir con un conjunto amplio de actividades que
avalen adecuadamente sus conocimientos amplios en el campo específico del saber
a que se dedique y su desempeño profesional. El aspirante debe demostrar,
mediante exámenes expresos y oficiales, su dominio de conocimientos sobre su
disciplina o especialidad, así como de al menos un idioma extranjero (en el
caso de aspirar al grado científico de Doctor en Ciencias, el número es de
dos) (los idiomas autorizados para los aspirantes nacionales son el inglés,
el francés, el alemán y el ruso). Además, el aspirante deberá presentar y
defender, ante un tribunal autorizado, un trabajo de desarrollo sobre los
Problemas Sociales de
El SNGC está integrado fundamentalmente
por los órganos ejecutivos siguientes:
·
·
Las instituciones
autorizadas por
·
Los tribunales de
grado.
Para la obtención del primer grado
científico, es decir, el de Doctor en Ciencias de determinada especialidad,
existen en la actualidad en el país tres modalidades, que son las siguientes:
·
Modalidad libre
·
Modalidad de
dedicación a tiempo completo
·
Modalidad de
dedicación parcial
A la modalidad libre puede aspirar todo
aquel que elabore su tesis como producto de un trabajo investigativo, real y
concreto, de forma independiente o bajo la dirección de un tutor, y que sólo
requiera para su defensa acreditar su formación mediante los exámenes
correspondientes.
Por la modalidad de dedicación a tiempo
completo pueden optar los de hasta 35 años que hayan alcanzado determinados
resultados que demuestren sus capacidades como investigadores y consagración
al trabajo científico. Cada uno de ellos tendrá un tutor y un plan específico
de formación e investigación. Sin embargo, esta modalidad sólo se aprueba y
otorga excepcionalmente por
La modalidad de dedicación parcial va
dirigida a aquellos de hasta 35 años de edad que, sin dejar de cumplir las
obligaciones inherentes a su actividad laboral, se les organicen sus planes
de formación e investigación y se les asigne un tutor a cada uno. El término
máximo de tiempo en que debe obtener el grado es de cuatro años.
En todos los casos, los temas que se
presenten para optar por el grado científico deberán ser previamente
evaluados y aprobados tanto por las Comisiones de Grados Científicos de los
organismo correspondientes y por
Los requisitos fundamentales que deben
reunir las tesis de grado científico son los siguientes:
·
Sus resultados
deberán poseer actualidad, novedad y valor científico.
·
Los resultados
podrán presentarse en forma de:
·
Resultados de
trabajos científicos destacados e invenciones.
·
Trabajos
relativos a la creación de maquinarias o equipos nuevos, sistemas de
dirección, instrumentos, nuevas instalaciones y procesos tecnológicos.
·
Libros de texto y
de consulta o monografías (publicados y en que aparezca el aspirante como
autor principal).
·
Se podrán
presentar trabajos en que se entrelacen por una misma temática los resultados
expuestos en dos o más publicaciones, entendidas éstas como artículos
publicados o aceptados para su publicación en revistas científicas de
prestigio reconocido o como patentes concedidas.
·
Los resultados de
dichas tesis deberán haber sido expuestos en, al menos, dos eventos
científico técnicos nacionales y(o) internacionales.
·
Las tesis deberán
contener la solución y generalización de un problema de carácter científico
como aporte a la rama del conocimiento correspondiente.
Los planes relacionados con la obtención
de grados científicos en el país se elaboran en estrecha coordinación entre
el Ministerio de Educación Superior,
Para todo tipo de actividad científico
técnica, y en particular la investigativa, es innegable la necesidad
imperiosa de disponer de suficiente información actualizada, sobre todo en
este mundo contemporáneo en que, precisamente, la información es una de las
esferas de la actividad humana que ha alcanzado mayor grado de globalización
y de la que se espera aún mayor crecimiento acelerado a corto plazo.
La información científica para la
investigación, de manera general, se clasifica en información aferente (recibida) e información eferente (emitida). Si importante es la primera para
toda la actividad científica y de innovación tecnológica que se desarrolla
actualmente en el país, no menos lo es la segunda, por cuanto los resultados
del devenir científico nacional requieren ser divulgados adecuadamente y en
el momento y lugar oportunos.
Las fuentes de información científica actuales
son muchas y muy variadas, y aunque no es propósito detallarlas aquí
exhaustivamente, es imprescindible resaltar el trabajo, esfuerzo y recursos
que el Estado cubano destina en su búsqueda, utilización y desarrollo
apropiados. En el sector de
·
Sala de lectura
·
Servicio de
referencia (servicio rápido pregunta-respuesta; uso y manejo de obras,
catálogos y bases de datos; consultas a obras clásicas de referencia; acceso
a bases de datos en CD ROM y remotas; servicio impreso de tablas de contenido
por especialidades; asesoramientos en confección de asientos bibliográficos;
etcétera)
·
Préstamos interbibliotecarios (nacional e internacional)
·
Servicios de
traducción oral
·
Servicios de
reproducción de documentos
·
Capacitación en
servicios
·
Educación a
usuarios
·
Asesorías en
instalación del catálogo colectivo
·
Terminales para
usuarios con acceso a bases de datos
·
Búsquedas
bibliográficas de actualización y retrospectivas
·
Catálogo
colectivo y publicaciones seriadas
Por otra parte, la institución conocida
como INFOMED, también adscrita al CNICM, fue la encargada desde hace ya
algunos años de montar y desarrollar la red nacional de información
electrónica propia del sector, intervinculada estrechamente con otras redes nacionales y foráneas. Hoy INFOMED cuenta con
un sitio web en Internet (http://www.infomed.sld.cu), el cual puede ser visitado y consultado por quienes
así lo deseen, tanto nacional como internacionalmente. Los servicios de
información científico técnica disponibles en dicha página web son vastos y siempre crecientes, y entre los que se
encuentran actualmente los siguientes:
·
Medicamentos
producidos y consumidos en Cuba
·
Artículos
publicados en revistas cubanas de Medicina (CUMED)
·
Base de datos
FITOMED
·
Base de datos
OPS-CUBA (OPS_CU)
·
Base de datos de Salud
Ambiental REPIDISCA
·
Publicaciones
seriadas en ciencias de
·
Revistas Cubanas
de Medicina
·
Anuario
Estadístico de Cuba
·
Series
monográficas estadísticas
·
Boletín
Epidemiológico del Instituto de Medicina Tropical ‘Pedro Kourí’
·
Reporte Técnico
de Vigilancia
·
Situación
Epidemiológica Internacional
·
Calendario de
eventos de Salud en Cuba
·
Sitios de
instituciones de Salud en Cuba
·
Directorio de
instituciones de Salud en Cuba
·
Directorio de
personalidades e instituciones
·
Indicadores
básicos de salud
·
Morbidity and
Mortality Weekly Report (MMWR)
·
Enlaces con bases
de datos foráneas (MedLine, CancerNet,
BIREME, OPS, OMS, etcétera)
·
Otros recursos de
información a través de LISPROC (participación en grupos de discusión y
cursos a distancia, recibo periódico de boletines y revistas en formato
electrónico, etcétera)
Por otra parte, el CNICM, con el soporte
técnico de INFOMED y en estrecha coordinación con las unidades del Sistema
Nacional de Salud, se ha dado a la tarea de contribuir al fortalecimiento del
sistema informacional de estas últimas con el
empleo amplio de mensajería electrónica y el acceso directo a Internet,
ofertando, además, cursos de capacitación y perfeccionamiento en diferentes
actividades relacionadas con la información electrónica.
También el CNICM tiene trazada una
estrategia para el aseguramiento informativo a la actividad científico
investigativa y de desarrollo tecnológico en el sector, habiendo designado
especialistas de la institución para atender a todos y cada uno de los
Programas Científico Técnicos Ramales de
A MODO DE RESUMEN
Como podrá haberse apreciado en todo lo
anteriormente expuesto, el Estado y el Gobierno de
BIBLIOGRAFÍA
CONSULTADA
1.
Academia de
Ciencias de Cuba. Reglamento para los Consejos Científicos en Unidades de
Ciencia y Técnica. Resolución Nº 205/88. Ciudad de
2.
Academia de
Ciencias de Cuba. Sistema laboral y salarial de los trabajadores de la
investigación científica. Ciudad de
3.
Consejo de Estado
de
4.
Consejo de
Ministros de
5.
Microsoft Corporation. Enciclopedia Microsoft ®
Encarta 2000 ®. © 1996-1999.
6.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Anteproyecto de Sistema de Categorías
Científicas y de las relaciones laborales en
7.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Atribuciones y funciones de los jefes
de planes de Ciencia e Innovación Tecnológica y de los jefes de Proyectos.
Resolución Nº 95/96. Ciudad de
8.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Control de los planes de Ciencia e
Innovación Tecnológica. Resolución Nº 94/96. Ciudad de
9.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Ejercicio de convocatoria. Resolución
Nº 96/96. Ciudad de
10.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Elaboración y aprobación de los planes
de Ciencia e Innovación Tecnológica. Resolución Nº 119/96. Ciudad de
11.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Medio Ambiente (CITMA). Normativas jurídicas del Sistema de Ciencia e
Innovación Tecnológica. Ciudad de
12.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Principales actividades científico
técnicas. Resolución Nº 152/95. Ciudad de
13.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Programas Nacionales Científico
Técnicos. 1995. Ciudad de
14.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Reglamento de los Grupos de Expertos.
Resolución Nº 138/95. Ciudad de
15.
Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Sistema de Ciencia e Innovación
Tecnológica (Documentos básicos). Ciudad de
16.
Ministerio de
Educación Superior. Resolución Nº 5 acerca de la equivalencia de los Grados
Científicos. Ciudad de
17.
Ministerio de
Salud Pública. Orientaciones generales para la celebración del Forum Ramal de
18.
Ministerio de
Salud Pública. Programas Ramales de